El Consejo Internacional de Museos en España informa
El Consejo Ejecutivo ICOM España ha recibido una consulta por parte de dos miembros del Patronato del Museo de Bellas Artes de Asturias a fin de conocer el parecer sobre la inclusión de personas dedicadas al comercio de obras de arte en los patronatos de instituciones museísticas, con las que además ha existido trato comercial. Reunido el Consejo ICOM-CE al respecto y a solicitud de los interesados, informa que, ateniéndose al apartado 8.14 del Código de Deontología del ICOM para los Museos , existe una manifiesta incompatibilidad entre la actividad interna del museo y el comercio de obras de arte: “Los miembros de la profesión museística no deben participar directa ni indirectamente en el comercio (compra o venta con ánimo de lucro) de bienes del patrimonio cultural y natural”.
Independientemente de que en la actualidad se produzca o no la venta de bienes culturales al museo, en el caso de que la persona continúe ejerciendo la profesión vinculada al comercio de obras de arte, se entiende que existen intereses indirectos que imposibilitarían su incorporación en un órgano de decisión de la institución, como es un patronato.
Hay que resaltar también que los museos se afilian al ICOM de forma voluntaria, pero su admisión conlleva obligatoriamente el compromiso de cumplir los estatutos y el Código Deontológico. Este es un documento fundamental que recoge algunos de los principios y valores en la conducta y práctica profesional que deben mantener las instituciones museís-ticas y su personal. Todos los museos afiliados deben cumplir con las buenas prácticas especificadas en este código.
EL CONSEJO EJECUTIVO DE ICOM – ESPAÑA